Consejo de Estado de Cuba

El Consejo de Estado de Cuba, se estableció por la Constitución de 1976, como el órgano superior del Estado, órgano colegiado que constituía el Estado; en la nueva Constitución del 2019 se instituye como órgano responsable ante la Asamblea Nacional del Poder Popular a la cual rinde cuentas, la representa entre los períodos de sesiones, ejecuta los acuerdos de esta y cumple otras funciones que le confiere la ley. Se disminuyó el número de miembros y las funciones y prerrogativas se asemejan a las funciones de las cámaras altas de los parlamentos bicamerales. Es de carácter colegiado. Sus decisiones se toman por el voto de mayoría simple de sus miembros.

Sesión del Consejo de Estado en 2021

La Asamblea Nacional del Poder Popular elige, de entre sus integrantes, el Consejo de Estado en la sesión constitutiva de cada legislatura, cada 5 años. El Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asamblea lo son a su vez del Consejo de Estado. Durante el transcurso de la legislatura puede elegir nuevos miembros en caso de fallecimiento, revocación o renuncia. No pueden formar parte del mismo ningún miembro de los órganos electoral, de control ni del Gobierno de la República.


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