Derecho latino, en latín ius Latii, latinitas[1] o ius latinum, era un estatus cívico entre los antiguos romanos, intermedio entre la plena ciudadanía romana y el estatus de los peregrinus o "no-ciudadanos". Inicialmente se concedió a los pueblos del Latium, es decir, a los latini (los latinos), luego a otras ciudades itálicas y,[2] posteriormente, en determinados territorios provinciales.[3] Los más importantes de los derechos que confería eran el commercium (poseer tierras en cualquiera de las ciudades latinas y realizar contratos con sus ciudadanos), el connubium (contraer matrimonio legal con un residente en cualquier ciudad latina) y el ius migrationis (adquirir la vecindad de cualquier ciudad latina por el simple hecho de residir en ella de forma permanente). Los sujetos al derecho latino estaban protegidos por las leyes romanas (véase también derecho romano).
No debe confundirse con rito latino.