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Elecciones generales de 2024 Presidente y Vicepresidente de la República 30 miembros de la Cámara de Senadores 16 escaños necesarios para la mayoría absoluta 99 miembros de la Cámara de Representantes 50 escaños necesarios para la mayoría absoluta | |||||||||||
Fecha | 27 de octubre de 2024 (1.ª vuelta) | ||||||||||
Tipo | Presidencial y legislativa | ||||||||||
Período | 1° de marzo de 2025 al 1° de marzo de 2030 | ||||||||||
Demografía electoral | |||||||||||
Población | 3,444,263 | ||||||||||
Hab. registrados | 2,766,323 | ||||||||||
Resultados | |||||||||||
Álvaro Delgado – Partido Nacional | |||||||||||
Compañero/a de fórmula | Valeria Ripoll | ||||||||||
Yamandú Orsi – MPP | |||||||||||
Compañero/a de fórmula | Carolina Cosse | ||||||||||
Andrés Ojeda – Partido Colorado | |||||||||||
Compañero/a de fórmula | Robert Silva | ||||||||||
Guido Manini Ríos – Cabildo Abierto | |||||||||||
Compañero/a de fórmula | Lorena Quintana | ||||||||||
Gustavo Salle – Identidad Soberana | |||||||||||
Compañero/a de fórmula | María Canoniero | ||||||||||
Pablo Mieres – Partido Independiente | |||||||||||
Compañero/a de fórmula | Mónica Bottero | ||||||||||
Gonzalo Martínez – Asamblea Popular | |||||||||||
Compañero/a de fórmula | Andrea Revuelta | ||||||||||
Mapa político de Uruguay | |||||||||||
Presidente de la República Oriental del Uruguay | |||||||||||
Las elecciones presidenciales y parlamentarias de Uruguay de 2024 se llevarán a cabo el domingo 27 de octubre de 2024. En caso de que ninguno de los partidos alcance la mayoría absoluta de votos emitidos (el 50%+1 de los votos), la elección tendrá que definirse en una segunda vuelta entre los dos candidatos más votados el domingo 24 de noviembre de 2024.[1]
Según el artículo 151 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay, en esta instancia "El Presidente y el Vicepresidente de la República serán elegidos conjunta y directamente por el Cuerpo Electoral por mayoría absoluta de votantes". Además, "cada Partido sólo podrá presentar una candidatura a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República" (electos en la instancia previa de elecciones internas).[2]
Según el artículo 152, no está permitida la reelección presidencial inmediata,[2]por lo que el presidente titular Luis Lacalle Pou y la vicepresidenta Beatriz Argimón no pudieron ser candidatos a sus actuales cargos en esta instancia. No obstante, esta disposición comprende al presidente con respecto a la vicepresidencia y a la presidencia, y no al vicepresidente con respecto a la presidencia. Asimismo, se renovará la totalidad de los integrantes de ambas cámaras de la Asamblea General (Poder Legislativo), compuesta por 30 senadores y 99 diputados.[3]
También, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 331 de la Constitución que regula el procedimiento para reformar el texto constitucional, los plebiscitos (consultas populares para decidir sobre reformas constitucionales) que sean aprobados serán sometidos a la voluntad popular en la instancia del 27 de octubre.[4][5]