Jefatura de Gabinete | ||
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Sello de la jefatura | ||
Edificio SOMISA, sede del Ministerio en Buenos Aires | ||
Localización | ||
País | Argentina | |
Información general | ||
Sigla | JGM | |
Jurisdicción | Nacional | |
Tipo | Ministerio | |
Sede | Edificio SOMISA, Av. Presidente Julio A. Roca 782, Buenos Aires | |
Organización | ||
Jefe de Gabinete | Guillermo Francos | |
Órgano máximo | Unidad Ministro | |
Depende de | Poder Ejecutivo Nacional | |
Entidad superior | Presidencia de la Nación | |
Dependencias |
Centralizados:
Descentralizados: | |
Empleados | 723 (2018) | |
Presupuesto | ARS 73.680 millones (2023)[1] | |
Historia | ||
Fundación | 8 de julio de 1995 (29 años) | |
Notas | ||
Lista de Ministerios de Argentina | ||
Sitio web oficial | ||
La Jefatura de Gabinete de Ministros es un cargo ministerial de la República Argentina, desempeñado por un jefe de Gabinete. Corresponde a un funcionario de la Constitución Nacional y surge como consecuencia de la reforma constitucional de 1994, al incorporar una figura del sistema parlamentario que concentre funciones administrativas y sea nexo entre el poder ejecutivo y el poder legislativo, y así atenuar el poder presidencial. Desde el 27 de mayo de 2024, el cargo es ejercido por Guillermo Francos.[2]
Su rol, atribuciones y obligaciones se detallan en los artículos 100 y 101 de la Constitución Nacional, profundizadas en el art. 16 del Decreto 684/2003. Designado por el presidente de la Nación, es el ministro con mayor rango, ya que es el único con responsabilidad política ante el Congreso, puede ser interpelado por cualquiera de las dos cámaras y removido por el voto de la mayoría absoluta de ambas cámaras, sin el procedimiento de un juicio político.
Entre sus funciones, asiste al presidente en la administración nacional, supervisa las políticas públicas del gobierno, encabeza y coordina el trabajo de los ministerios y realiza una rendición de cuentas mensual ante el Congreso. El jefe de Gabinete ejerce la administración general del país y, junto con los demás ministros, refrenda y legaliza los actos del presidente por medio de su firma, sin cuyo requisito carecen de eficacia.