Juntas Administradoras Locales | ||
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Localización | ||
País | Colombia | |
Información general | ||
Sigla | JAL | |
Jurisdicción | Colombia | |
Tipo | Órgano de control fiscal | |
Sede | Nacional | |
Historia | ||
Fundación | 1994 | |
www.jal.gov.co | ||
Una Junta Administradora Local (JAL) es parte de la estructura del Estado colombiano, dentro de la rama ejecutiva (con funciones normativas y de control político) en el orden territorial más bajo: corregimientos, comunas y localidades. Las JAL fueron consagradas por la Ley 136 de 1994, que las define como «corporaciones administrativas de carácter público, de elección popular»,[1]en la que cumplirán en el área de su jurisdicción las funciones que les asignen los acuerdos y normativas delegados, con sujeción a la ley.
Cuando las asambleas departamentales suprime un municipio de su jurisdicción y agregan ese territorio a otro, las antiguas autoridades (concejales) se constituyen en una Junta Administradora Local.