Leyes Nuevas | ||
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Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los indios | ||
Extensión teritorial | Reinos de Indias | |
Legislado por | Junta de Burgos, Imperio Español | |
Hecho por | Carlos I de España | |
Firma | 20 de noviembre de 1542 | |
Publicación | 20 de noviembre de 1542jul. | |
Legislación relacionada | ||
Reemplaza | Leyes de Burgos | |
Legislación derogada | ||
Las Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su Majestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los Indios, comúnmente conocidas como Leyes Nuevas o Nuevas Leyes, son un conjunto legislativo promulgado por Carlos I de España el 20 de noviembre de 1542[1] en Barcelona que pretendía mejorar las condiciones de los indígenas de la América española, brindándole una serie de derechos para que vivieran en una mejor condición.
Entre otras medidas, las Leyes Nuevas establecieron que por ninguna causa ni motivo alguno se podía esclavizar a los indios; ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna. De igual modo, extinguieron el sistema de encomienda, reemplazándolo con el de repartimiento.[2][3]