Las Leyes de Burgos[1] o Reales ordenanzas dadas para el buen Regimiento y Tratamiento de los indios fueron las primeras leyes que la Monarquía Hispánica dictó para su aplicación en las Indias, el Nuevo Mundo o América, en las que abolió la esclavitud indígena y organizó su conquista. Fueron firmadas por el Rey Católico Fernando II el 27 de diciembre de 1512,[2] en la ciudad de Burgos, para el gobierno de los naturales, indios o indígenas dando como resultado la primera junta de teólogos y juristas, en donde se discutió y se concluyó -continuándose la tradición medieval que priorizó la evangelización del indio y que ese bien superior justificaba otros posibles males- que el Rey de Castilla tenía justos títulos de dominio del continente americano y que el indio tenía la naturaleza jurídica de hombre libre con todos los derechos de propiedad, que no podía ser explotado pero como súbdito debía trabajar a favor de la corona –a través de los españoles allí asentados- para lo que fueron creadas dos instituciones indianas: el requerimiento y la encomienda. Autores e historiadores las consideran y se han considerado precursoras de la declaración de los Derechos Humanos y del Derecho internacional.[3]