El mensajero o correo era la persona que tenía el oficio de llevar la correspondencia epistolar, "a pie" o "a caballo", utilizando (o no) las postas situadas en los caminos (separadas una de otra entre dos y tres leguas, para facilitar que los mensajeros u otros viajeros tuvieran caballos de refresco, para ir con toda diligencia de un lugar a otro, incluso entre países diferentes).
Hoy en día se entiende por estafeta (que antes era el mensajero) la casa o lugar donde se reciben y dan las cartas y por posta la casa o lugar donde están las postas.
Tenían como misión hacer pasar de unos puntos a otros los pliegos y cartas del gobierno y los particulares por cierto precio correspondiente a las distancias y al cuidado que exigía tan importante servicio.
El correo no solo era un empleado del gobierno, sino que estaba sujeto en temas de jurisdicción civil y criminal en sus propios tribunales privativos, es decir, en las provincias por medio de Subdelegados que conocían en primera instancia las causas relativas al ramo y los empleados del mismo y en la corte por medio de una junta suprema que entendía en grado de apelación de las causas que se le llevaban de las subdelegaciones.
Los correos (así como los conductores y postillones) que iban de oficio, se les permitía llevar cualquier tipo de arma prohibida y no podían ser detenidos por las justicias por motivo de deuda ni siquiera todo de delito, a no ser que este fuera digno de pena corporal.
En caso de detención, si no había en el pueblo ningún administrador de posta que nombrara, la justicia nombraba sin dilación otro correo que sirviera en lugar del detenido, e instruir en el plazo de veinte y cuatro horas las primeras diligencias que remitían el reo en juez competente. Podían ser detenidos pues, pero tenía que ser en casos de sospecha fundamentada.